SECRETARÍA VIRTUAL » PROGRAMA RELEO PLUS
SECRETARÍA VIRTUAL
PROGRAMA RELEO PLUS

PROGRAMA RELEO PLUS CURSO 2024/2025

El viernes, 2 de febrero de 2024 se publica en el BOCYL la Orden EDU/57/2024, de 26 de enero, por la que se convoca la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto “RELEO PLUS” y las ayudas en él contenidas, cofinanciadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso escolar 2024/2025.

ENLACE PORTAL EDUCACYL RELEO, aplicación que genera la solicitud

 ENSEÑANZAS: Alumnado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria

 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: del día 3 de febrero hasta el 23 febrero, ambos inclusive.

 PROCEDIMIENTO

  • La solicitud se debe generar a través de la aplicación. Luego se puede teletramitar (junto con el documento 2; modelo de firmas), si tienen certificado digital, y en caso contrario la tienen que imprimir, firmar y presentar en el centro. 
  • El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCYL hasta el día 23 de febrero de 2024, ambos incluidos.

NOVEDADES:

  • Para participar en el Programa “RELEO PLUS” se presentará solicitud, una por cada alumno, que se cumplimentará, a través de la aplicación informática BACI disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/ y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León https://www.educa.jcyl.es, generándose un documento.
  • Con el objeto de favorecer la concesión de las ayudas a determinados colectivos se dividirá la renta familiar por un coeficiente en base a los siguientes criterios:

 -      En el caso del alumnado perteneciente a una familia numerosa la renta familiar se dividirá por un coeficiente proporcional al número de hijos, del siguiente modo:

Hijos que se reconocen en el Título Oficial de Familia Numerosa

Coeficiente

Hasta 3

1,25

Entre 4 y 6

1,40

7 ó más

1,50

 -      En el caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33% se dividirá por un coeficiente de 1,25.

-      Si algún miembro de la unidad familiar ha sido reconocido como víctima de violencia de género o como víctima de actos de terrorismo se dividirá por un coeficiente de 1,25.

 Si el alumnado en el momento de formular su solicitud asiste a un centro educativo asentado en un núcleo rural con población inferior a 5.000 habitantes, la renta familiar se dividirá aplicando el coeficiente corrector que corresponda:

a) Con carácter general el coeficiente corrector es de 1,1.

b) Si cumple alguno de los criterios indicados en el apartado 5, se aplicará un coeficiente corrector de 1,3. Salvo en el caso de familias numerosas de entre 4 y 6 hijos, que se aplicará el coeficiente de 1,45.

En el caso de que concurran varios criterios de los puntos anteriores se aplicará a la renta familiar únicamente el mayor de los coeficientes correctores.

Enlaces Institucionales
Portal de educación Directorio de Centros Recursos Educativos Calendario
Reconocimientos
Certificacion CoDiCe TIC Nivel 5